El teléfono móvil comenzó a popularizarse a mediados de los 90, este dispositivo además de hacer llamadas te permitía mandar mensajes. Sobre el 2009 aplicaciones como WhatsApp aparecieron para que todos pudiéramos comunicarnos de manera más interactiva, sencilla, inmediata y sin costes adicionales.
Gracias a su popularidad cada vez se actualiza con mayor frecuencia. Desde hace cierto tiempo nos da la posibilidad de crear grupos de personas con intereses comunes, con el fin de llegar a un mayor número de personas con un único mensaje.
Seguro que si todos miramos nuestros teléfonos móviles, nos encontramos con diferentes tipos de grupos; grupo de amigos, grupo de familia, grupo de trabajo, grupo de antiguos compañeros….y ¡quien no tiene ya un grupo de vecinos!
Cada vez es más habitual ver cómo las comunidades de vecinos aprovechan esta aplicación para crear un grupo con todos los vecinos para tratar los temas más comunes. Los beneficios de ser parte del grupo es evidente, puedes enterarte de las reuniones, juntas, posibles alertas sobre situaciones que afecten a la seguridad... pero no siempre tiene por que hacerse un buen uso del grupo, habrá quien saque temas fuera del contexto, inapropiados, mande fotos, videos o chistes malos que no tienen nada que ver con los asuntos vecinales.
Luego la pregunta que todos nos hacemos es... ¿Me pueden añadir al grupo sin expresar consentimiento para ello? En Ag4 gestión de comunidades te lo aclaramos.
Aunque la respuesta dependerá del criterio de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), las propiedades vecinales no son consideradas personas jurídicas, por tanto, entendemos que un vecino que crea un grupo de WhatssAp en una comunidad no puede ser denunciado, o al menos no con éxito ante la AEPD.
Esto ocurre debido a que la ley de protección de datos distingue dos tipos de casos. Una cosa es que una persona agrege a un familiar o amigo al grupo de WhatsApp, hecho que no podría ser denunciado, y otra cosa muy distinta es que las entidades públicas o privadas agregen a personas sin su consentimiento expreso para ello, luego si lo hacen están incumpliendo un delito de infracción que se debe a la utilización de un número de teléfono para un fin distinto al que inicialmente tenía.
A pesar de ello y como es evidente, cuando alguien genera un grupo de Whatsapp, todos los miembros del grupo tienen acceso al número de teléfono del resto, dato personal y protegido por la Ley Oficial Protección de Datos (LOPD) y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), por lo que deberemos tener especial cuidado. Desde Ag4 te recomendamos que pidas el consentimiento expreso por parte de los vecinos antes de añadirlos al grupo y así evitaras que el propietario pueda sentirse molesto y emprenda acciones legales contra el creador del grupo.
En todos los casos la persona podrá aceptar o no la incorporación a dichos grupos sin necesidad de dar ningún tipo de explicación, así como también se podrá expulsar a aquellos vecinos que no participen con buenos fines en el mismo.