La protección de datos en comunidades de vecinos es el ámbito más consultado dentro de la Agencia (A.E.D.P.).
Es una realidad que en toda comunidad de vecinos figuran datos, ya sean fiscales, contables o administrativos, que pueden comprender desde ficheros de video vigilancia hasta datos concretos de particulares. Residiendo la custodia y gestión de estos en la propia comunidad, más concretamente en la figura del presidente de esta.
Es por eso que desde la UE, derivando a la A.E.P.D. y conociendo esta modificación en la nueva normativa desde un tiempo atrás, finalmente será implantada a partir del próximo 25 de Mayo.
Esta normativa supondrá algún que otro cambio además de adaptar los contratos a los nuevos reglamentos y una gestión distinta a la llevada a cabo hasta ahora. Habrá otros apuntes que no debemos dejar escapar:
Desaparecen los niveles de seguridad establecidos hasta ahora siendo ahora estos:
Informar a la autoridad competente en este caso la (A.E.D.P.) en un plazo máximo de 72 horas, en caso de que se produzca algún incidente con los datos conservados o con los que haya existido tratamiento en la comunidad o accesos no autorizados a estos mismos.
Esta será la mejor manera de evitar sanciones.