En los últimos años la demanda de viviendas en alquiler en España se ha incrementado un 15,6% según datos del Banco de España y del INE. No obstante, España sigue siendo uno de los países con mayor porcentaje de viviendas en propiedad.
Con los cambios en el mercado inmobiliario y la coyuntura económica, la oferta de viviendas en alquiler sigue aumentando lo que equivaldrá a comunidades de vecinos con mayor número de vecinos en régimen de alquiler. En AG4, nos adaptamos a la tendencia y os dejamos una serie de dudas que cada vez serán más frecuentes en las comunidades.
¿Pueden los inquilinos hacer uso de las zonas comunes?
Todos los inquilinos disponen de los mismos derechos para usar todas las zonas comunes que disponga la finca que el resto de propietarios. La única condición a tener en cuenta es la no concurrencia de uso entre casero e inquilino, por ejemplo
¿Los inquilinos pueden asistir a las Juntas de Propietarios?
Los inquilinos no podrán asistir a las Juntas de Propietarios exceptuando la situación en la que el propietario delegue en ellos el derecho de asistencia y voto mediante escrito.
No, los inquilinos no tienen derecho a ser presidentes de la Comunidad de Propietarios. Este derecho es exclusivo de los propietarios.
Una pregunta muy común. No, el propietario no podrá entrar en la vivienda alquilada. El inquilino podrá denunciar al propietario si éste accede la vivienda sin su consentimiento.
Sí, siempre que cuente con el permiso del propietario.
Siempre que no se hayan producido daños en la vivienda, el inquilino tendrá derecho a recuperar íntegramente la fianza depositada.
El inquilino podrá a exigir al propietario la reparación de todos elementos (electrodomésticos, fontanería, etc) necesarios para que la vivienda permanezca en las mismas condiciones originales de cuando se alquiló el inmueble.
En este caso no se delegarán desde el propietario este derecho, dirigiéndose este tipo de comunicaciones siempre al propietario.