El futuro del transporte será eléctrico y ya vemos como aparecen con más frecuencia vehículos híbridos o eléctricos, sin embargo, los inconvenientes alrededor de los mismos impiden que terminen de dispararse las ventas. De entre los inconvenientes, el más influyente es la falta de puntos de recarga.
Estos vehículos requieren disponer de un punto de recarga en la plaza de garaje que se pudiera disponer para disfrutar verdaderamente de los beneficios que estos vehículos nos reportan.
En 2013, con la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal, se pretende facilitar la rehabilitación y modernización de los edificios incluyendo el derecho a que cualquier vecino pueda instalar puntos de recarga en la plaza de garaje de la que dispongan siempre y cuando informen por escrito a la comunidad de vecinos a través de un escrito dirigido al presidente o al administrador de fincas.
Si se procede a instalar un punto de recarga, por razones obvias, tanto la instalación como el consumo eléctrico correrán a cargo del beneficiario del mismo. Esta instalación resulta tan sencilla como establecer una conexión entre el contador eléctrico individual y la plaza de aparcamiento que integra el enchufe. Los enchufes pueden ser de dos tipos:
Enchufe monofásico. Es el enchufe común que se utiliza con cualquier electrodoméstico. Específico para coche híbrido por el tamaño de sus baterías, el tiempo de carga puede superar las 20 horas.
Conector especial trifásico. Este conector se perfila como el más eficiente puesto que la carga es más rápida por lo que podemos dejar cargando el vehículo en la noche y aprovechar la ventaja económica de las tarifas nocturnas de electricidad.
En el caso de que nuestra plaza de garaje se encuentre en otro edificio ajeno a la comunidad de vecinos, tendremos que contratar una nueva línea de suministro eléctrico. Será indispensable instalar un contador y pagar un nuevo término de potencia. Una opción costosa que implica el pago de dos facturas cada mes, la de nuestra casa y la del garaje ajeno a la misma.