Responsabilidades del presidente de la comunidad de vecinos.
El presidente de una comunidad de vecinos figura como el representante legal de la misma, y, elegido entre los propietarios por turno rotativo o sorteo, deberá cumplir una serie de obligaciones establecidas por la Junta. De entre sus funciones destacamos las siguientes:
- Convocar la Junta General de cada año y las Juntas Extraordinarias que
se requieran según las necesidades de los vecinos.
- Representa a la comunidad en cada firma que realiza para contratos, pleitos u otras cuestiones propias de una comunidad de vecinos.
- Tanto el presidente como el secretario firmarán el acta de la Junta como paso previo a cerrarla.
- Según el Art. 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal será el encargado de requerir a petición de los afectados o por iniciativa propia, a aquellos que realicen actividades molestas, peligrosas, ilegales o anti higiénicas en su piso, local o zonas comunes, a cesarlas bajo apercibimiento de que se inicien las acciones judiciales pertinentes.
- Firmará también, previo acuerdo en junta de propietarios, los contratos de instalación y/o mantenimiento de servicios como limpieza, conserjería, jardinería, ascensores, videovigilancia, etc. Entre la contratación de servicios se incluirán aquellos que tengan carácter urgente como la reparación de goteras, telefonillo, sustitución de cerraduras, etc.
La asunción del cargo de Presidente es obligatoria aunque el propietario que sea designado puede solicitar al Juez su relevo o sustitución al mes siguiente de su nombramiento cuando existan razones que así lo justifiquen.
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